La Real Sociedad Canina de España (RSCE) ha publicado, el día 29 de octubre de 2023, un documento aclaratorio sobre muchos de los puntos de la nueva Ley de Protección y Bienestar Animal aprobada en España.

Os dejamos alguno de los elementos que consideramos más relevantes:

  • Curso para propietarios: Sólo los nuevos propietarios tendrán que realizar un curso gratuito, que será preferiblemente online, y que tendrá validez indefinida.
  • Seguro de responsabilidad civil: Por el momento no es obligatorio para todas las razas caninas, salvo en las Comunidades Autónomas que ya lo era (País Vasco y Madrid). Sí lo es para las razas denominadas, hasta ahora, Perros Potencialmente Peligrosos (PPP), que pasarán a denominarse Perros de Manejo Especial. En cualquier caso, ninguna variedad de schnauzer se considera PPP. Hay que tener en cuenta que el seguro es por propietario, no por perro. Así que, en el caso de contar con varios ejemplares, sólo es necesaria una póliza de seguro. También, se recomienda revisar la cobertura de los seguros del hogar, ya que, habitualmente, incluyen cobertura suficiente y no es necesaria la contratación de una póliza adicional.
  • ¿Cuántos perros puedo tener? Este es un punto que aún no está claro. Parece que el Reglamento, aún no redactado, de esta ley incluirá la figura de «criador en domicilio». Cuando se realice dicha redacción, se determinarán los ejemplares que puede tener un propietario particular y los requisitos y límite de ejemplares para un criador en domicilio.
  • ¿Qué pasa si dejo a mi perro atado un momento a la entrada de un comercio o en un árbol? El texto legal es claro: no está permitido y la acción conlleva multa. Independientemente del tiempo que el perro se deje desatendido.
  • ¿Puedo entrar en el comercio con mi perro y evitar la multa? Se supone que uno de los propósitos de esta ley es normalizar el acceso de los perros a los espacios públicos y medios de transporte, pero el acceso a comercios sigue estando regulado por normativas y ordenanzas municipales o específicas de cada Comunidad Autónoma (incluso dependerá de la reserva de derecho de admisión del propietario del comercio). Por tanto, este punto aún no está del todo claro.
  • ¿Puedo dejar solo a mi perro en casa? Los perros nunca podrán estar más de 24 horas sin atención.
  • ¿Tengo que esterilizar a mi perro si no soy criador? La RSCE indica que la esterilización no será obligatoria, salvo para los ejemplares que procedan de protectoras.
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